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¿Tengo derecho a paro si se extingue mi contrato en periodo de prueba?

 

En primer lugar, debemos recordar, que el periodo de prueba, permite a empresas y trabajadores rescindir instantáneamente su contrato, sin causas a alegar,  sin explicaciones a dar, y sin preaviso por ninguna de las dos partes que lo ejecute.

 

Ahora bien, ¿el trabajador tiene derecho a paro cuando se extingue el contrato en periodo de prueba?

 

Se trata de una pregunta muy habitual, debemos distinguir dos situaciones bien diferenciadas.

 

  1. Que dentro del plazo establecido en el contrato para dicho periodo de prueba, sea la empresa, la que decida la extinción del contrato por esta causa.

 

En este caso el trabajador tiene derecho a percibir la prestación legal de desempleo, siempre que lógicamente reúna el resto de requisitos de cotización, para su percepción. Recuerda que para cobrar la prestación contributiva se necesitan al menos 360 días cotizados. En caso de no contar con ellos, siempre puedes acogerte al subidio por desempleo.

https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/he_dejado_cobrar_paro/cargas_familiares.html

 

  1. Que, igualmente dentro del plazo establecido en el contrato, sea el trabajador, el que decida la extinción del contrato.

 

En este supuesto, el trabajador no tiene derecho al desempleo y precisará trabajar posteriormente en otro lugar, y que este futuro contrato finalice o se le despida, para encontrarse en situación legal de desempleo y acceder a la prestación.

 

¿Hay alguna excepción?

 

Sí, en el caso de que la empresa extinga el contrato en periodo de prueba, pero el trabajador hubiera rescindido voluntariamente su contrato en la anterior empresa, y no hubieran transcurrido 3 meses desde el inicio de la relación laboral que se extingue en periodo de prueba, el trabajador NO TIENE DERECHO A DESEMPLEO. (267 Ley General Seguridad Social.).